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Las Reservas Democráticas de Colombia son un colectivo de fuerzas equilibrantes de los intereses humanos, incluyente, amplio, democrático, de avanzada, con profundos criterios sociales y éticos; compuesto de manera plural, por ciudadanos de muy variada procedencia, concientes, comprometidos, unidos, en la lucha por la defensa del Estado Social de Derecho; tutores de la Constitución Política de Colombia, veedores de la Soberanía Nacional, en pie de lucha por la integración de la Comunidad Latinoamericana, opuestos a todo tipo de exclusión y protectores del cabal cumplimiento de los Derechos Humanos. Las Reservas Democráticas de Colombia se constituyen en una organización comunitaria que aporta honorabilidad a las instituciones que trabajan por un país justo, libre del autoritarismo y de la guerra, donde el ser social, el trabajo y la dignidad humana sean centros rectores del pensamiento libertario.

 

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El Comunitarismo

Debido a los problemas del individualismo, algunos autores como Taylor, Sandel y Walzer[Nota 27] han planteado la necesidad de considerar los tenias clásicos del liberalismo desde una perspectiva comunitaria.

El modelo comunitarista es liberal por tres razones: primero, porque considera válidos ciertos conceptos típicamente liberales, como libertad, igualdad, derechos, justicia distributiva, etc; segando, porque no ve las instituciones liberales como algo que debe ser abolido o modificado en su totalidad, sino más bien las considera como algo que ha sido logrado a través de la práctica política de ciertos grupos sociales; tercero, porque distingue entre la justicia en general y la justicia distributiva: mientras que un comunitarismo socialista trataría de cambiar, por ejemplo, una cierta estructura económica y social como el capitalismo, el comunitarismo liberal afirma que se tienen que conservar ciertas estructuras mejorándolas mediante un sistema de justicia distributiva.

Sin embargo, aunque el modelo comunicaríais afirma ciertos valores liberales, explica de una manera diferente, así, abandona el individualismo ético, político y económico para dar cuenta nueva del sujeto social, de la cooperación y de la justicia distributiva.

Charles Taylor recurre a la idea aristotélica del hombre como animal social y político que no puede autorrealizarse fuera de la comunidad.

Según esta idea, el hombre sólo puede constituirse como sujeto moral dentro de una comunidad en donde existe un lenguaje y en donde haya un discurso moral. Todos los conceptos morales y políticos que usamos como el de persona, de dignidad, de autonomía, son logros históricos y culturales que necesitaron, para ser aceptados, de la existencia de ciertas instituciones y asociaciones estables y continuas. Estos conceptos no pueden ser considerados como elementos a priori que el hombre posee en una situación hipotética, previa al surgimiento de la política, sino que dichos conceptos son el resultado de movimientos políticos y sociales, que han quedado plasmados en las instituciones.

Un ejemplo de esta tesis lo constituye la interpretación comunitarista del concepto de libertad. Dicho concepto se basa en los siguientes supuestos: primero, el desarrollo de la libertad requiere de una comprensión del sujeto y únicamente mediante esta comprensión las aspiraciones del hombre de lograr cierta autonomía y autodirección se vuelven concebibles; segundo, la comprensión no es algo que podamos conquistar por nosotros mismos, sino que en gran parte es algo que se define a lo largo de nuestras conversaciones con otros y de nuestras prácticas en la sociedad.

Por estas razones la idea del hombre libre requiere de una matriz social. Por esta matriz social, y a través de una serie de prácticas, la sociedad les reconoce a los hombres el derecho que tienen de tomar decisiones y de participar en el debate político.

Otra característica del comunitarismo es la del sujeto dotado de una capacidad de elegir, pero también dotado de una capacidad de reflexionar.

La capacidad de elegir está restringida a varios planes alternativos y a las consecuencias probables que se obtendrían si se eligen esos planes, así como a la intensidad relativa de los deseos e intereses del agente.

Por su parte, la capacidad de reflexionar nos permite tener una comprensión de nuestra subjetividad que, si bien nunca es transparente, por lo menos no es tan opaca. La reflexión muestra que la subjetividad no es una idea fija, sino que se va conformando a través de la vida y por la participación en la comunidad. También la capacidad de reflexión permite que los agentes posean una autocomprensión en un sentido fuerte, permitiendo a los agentes participar en la constitución de su identidad.[Nota 28] Mientras que para el agente que elige, lo que importa es la deseabilidad de los consumos distintos, que son definidos por los deseos de facto; el que reflexiona también examina los distintos modos de ser un agente.[Nota 29]

La manera de concebir a la gente, característica del modelo comunitario, implica una manera peculiar de concebir a la comunidad. La comunidad vista por el modelo no es un instrumento ni un sentimiento sino una manera de autocomprensión. Esto equivale a decir que los miembros de la sociedad conciben su identidad por el grupo del que forman parte.

Para los defensores del comunitarismo, el problema del individualismo es que al distanciar los sujetos los sumerge en una circunstancia ajena a ellos. El sujeto del individualismo se encuentra fuera de la política ypor ello queda convertido en artículo de fe. En palabras de Sandel, [Nota 30] el individualismo minimiza el peligro de que cuando la política marcha mal surge el desencanto, y olvida la posibilidad de que cuando la política va bien nos demos cuenta de que podemos conocer en común lo que no podemos conocer solos.

El último punto que diferencia al comunitarismo del individualismo es el que se refiere a la manera de concebir la justicia distributiva.[Nota 31]

Los modelos que parten de la noción del hombre como animal social no parten, como lo hace el individualismo, de una situación hipotética estado de naturaleza, posición original, etc.- sino que afirman la existencia de una estructura social que es la condición del desarrollo de las potencialidades del hombre. Esta estructura puede ser la familia, la polis, la sociedad sin clases, etc.

Esto equivale a decir que existe una situación social antecedente, necesaria para plantear cualquier modelo de justicia distributiva. También significa que el tejido de la distribución está determinado por el carácter de los bienes que van a ser distribuidos, ya que éstos han variado históricamente.

Ahora bien, la estructura no puede ser cuestionada en nombre de la justicia distributiva; por ejemplo, si nos encontramos ante una sociedad de castas, tenemos que tomar en cuenta que se les dará más a aquéllos que ocupan un lugar privilegiado. Tampoco se podría objetar, en nombre de la igualdad, el status especial o el privilegio de un rey o un sacerdote en una concepción jerárquica de la sociedad. Estos aspectos son importantes para plantear el problema de la distribución, ya que si en una sociedad la estructura más importante es la familia, por ejemplo, no tiene porqué hacerse la distribución de acuerdo con los individuos. También es importante tomar en cuenta los bienes particulares para distribuir ya que éstos pueden variar.

El conocimiento de la estructura también permite conocer las potencialidades humanas y saber cómo pueden realizarse esas Potencialidades.

Una vez que se tiene detectada la estructura, se deben considerar los principios de la justicia distributiva. Tomando en cuenta que la idea del hombre como animal social está relacionada con la idea de un bien común, parece claro que ciertas personas merecen más que otras porque su contribución al bien común es más importante.

Esta idea está basada en un principio de contribución que Taylor llama: mitigado.

El principio de contribución mitigado tiene dos características: primera, la afirmación de que dado que la vida en común ayuda a los hombres a realizar sus potencialidades, aquellas personas que contribuyen más a la comunidad merecen más; segunda, la afirmación de que dado que la vida comunitaria es un bien en sí mismo, al adquirir ese bien estamos obligados a pagar una deuda, y ésta nos lleva a respetar los principios de la distribución.

Tanto las cuestiones de la estructura como las del principio de la contribución mitigada se derivan de la naturaleza de la asociación y de los bienes perseguidos en común. Esto significa que las demandas de la justicia distributiva pueden ser diferentes en distintos momentos de la historia y en sociedades diferentes.

El error de las teorías individualistas, incluyendo las igualitarias, consiste en operar como si existiera un criterio único de la distribución. Por su parte el comunitarismo afirma que puede haber varios criterios de distribución. En algunas circunstancias un criterio de distribución que responda a las necesidades puede tener prioridad sobre el criterio de la contribución.

Ahora bien, las sociedades occidentales se caracterizan por descansar en estructuras igualitarias. Por ejemplo, ya no pensamos que ciertos individuos porque nacieron en una determinada familia merecen más que otros, o que algunos individuos por ser de algún color merecen más.

Por esta razón, la idea que subyace a los problemas de la justicia distributiva es la idea de igualdad. Las ideas básicas respecto a la igualdad se expresan en una preocupación por nivelar las diferencias permitidas en salarios e ingresos y en una preocupación por implementar políticas igualitarias. Estas dos ideas igualitarias son las condiciones de posibilidad de la democracia, ya que su cumplimiento permite que un mayor número de personas tengan oportunidad de participar o de ser representadas en los debates políticos.

Creo que es evidente que el modelo que más se adapta al ideal democrático tal y como lo plantean Bobbio y Macpherson es el comunitarismo, por varias razones.

Primero, porque la democracia puede verse como un bien social en sí y no simplemente como un instrumento político que permite a los individuos satisfacer sus intereses particulares.

Segundo, por el énfasis que pone en la existencia de ciertas estructuras sociales previas a cualquier distribución, este aspecto nos obliga a considerar la importancia de los estudios empíricos sobre los grupos sociales. Dichos estudios nos pueden dar un conocimiento de las necesidades de la sociedad, señalando cuáles son los recursos que se deben distribuir y mostrando las posibilidades reales, aquéllas que van hacia la descentralización y la autoadministración.

Tercero, el modelo comunitario, al plantear la necesidad de tomar en cuenta la existencia de una diversidad de grupos dentro de una sociedad coincide con la visión de la democracia como una estructura piramidal. Macpherson piensa que puede existir una democracia directa a través de pequeños grupos, como habitantes de un barrio, obreros de una fábrica, asociaciones feministas, etc. En estos grupos se llevarían a cabo debates directos, se tomarían decisiones por consenso o por mayoría y se eligirían delegados que formarían un consejo en un nivel más amplio, como por ejemplo, un distrito o una pequeña ciudad. Los delegados contarían con instrucciones de sus electores y serían responsables ante ellos. Así se llegaría a un nivel más alto, como por ejemplo un consejo nacional.[Nota 32]

Cuarto, el comunitarismo permite tener una visión de la democracia como una conquista histórica y como un bien común que debemos conservar y perfeccionar para dar la oportunidad real, como lo afirma Bobbio, a que más personas participen en la vida política en un país.

Sin duda, con frecuencia creemos que este modelo es ilusorio o utópico, porque creemos que el comunitarismo es algo ajeno a nuestra realidad social. Sin embargo, nos queda la posibilidad de pensar acerca del comunitarismo, lo que Aristóteles pensó de la amistad, que no se asemeja a una emoción, sino a una virtud y como tal, requiere del hábito

 

LIBERALISMO Y DEMOCRACIA

Author: Paulette Dieterlen