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Hoja de vida del Candidato a gobernador del Departamento

del Meta

 

Determinantes en la Formación y credo del Candidato.

 

El Origen

Nieto de Timoteo Baquero, comerciante de ganado que transportaba desde Arauca hasta la Dorada, Caldas. Hijo del Médico José Gregorio Baquero Guerrero, nacido en Cáqueza, Cundinamarca y de Sofía Nariño de Baquero farmaceuta y Politóloga nacida en Bogotá.

 

Trayectoria

Arquitecto Urbanista de la Universidad Nacional de Colombia, 1977.

 

Constructor. Residente de obra. Diseño Arquitectónico y urbanístico. 1977-2005.

 

Catedrático Universitario de Taller de Diseño, Construcción, Evolución, Evaluación de Proyectos, Expresión, 1980-1985.

 

Seminario Taller Vertical sobre asentamientos autónomos 1985.

 

Escritor del libro de estudio, Planeamiento de Vivienda, publicado por la USTA 1985.

 

Escritor del libro Planeamiento de asentamientos, beca Ministerio de Cultura 1996.

 

Escritor del libro Colombia Colabora 1998.

 

Director Centro de Investigaciones U.C.C. de Villavicencio en el año 1999.

 

Presidente de la Asociación Unitaria preactiva Colabora al Mundo en Transformación, inicialmente de usuarios de upac, Aupacmet 1999-2005.

 

Escritor libro MAS DE 3 DÉCADAS DE NEOLIBERALISMO EN LA REGIÓN”, presentado al VIII SIMPOSIO DE HISTORIA DE LOS LLANOS COLOMBO-VENEZOLANOS, 2003.

 

 

Formación Ideológica, Investigador

Estudio científico y empírico en Planeamiento, Economía Política, Filosofía.

La investigación sociojurídica, es uno de los campos de trabajo colectivo en que mayor objetividad ha obtenido y ha conseguido hechos de interes general con trascendencia internacional; mediante esta metodología ha cuestionado índices y falacias macroeconómicas, ha desvirtuado sus argumentos y ha puesto en evidencia los efectos nocivos del recetario del sistema financiero mundial.   

 

Arquitecto Director de Obras, Interventor, secretaría de educación de Bogotá, 1980.

 

 

Hombre de Estado

 

Consultor Gerente Corporación para el Planeamiento de Fronteras, Plan de desarrollo Cultural Departamento de Arauca, 1997.

 

Candidato a gobernador del departamento del Meta, 1998-2000

Mediante demandas contra el sistema UPAC, en el año 1999, el candidato Alejandro Baquero Nariño, las sustentó sobre normas concordantes y complementarias del Artículo 51º de la Constitución Política.- “Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.”

 

Los procesos expropiantes se declararon inconstitucionales o inexequibles en la Corte Constitucional, reforzadas por providencias coincidentes del Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y de la Corte Suprema de Justicia; la Sala Civil de esta ultima entidad, considera que la adjudicación de bienes hipotecarios al acreedor es una vía de hecho, porque el crédito con upac después en uvr, no eran sistemas adecuados de financiación porque permiten la expropiación y el abuso derecho, porque todos los colombianos tenemos derecho a la vivienda digna, por lo tanto es inembargable, y el Estado Social de Derecho debe evitar el detrimento patrimonial de nuestra familia, en casos similares considera los procesos derivados de upac-uvr, remates, desalojos como violatorios de la Constitución y la ley.

 

El candidato Alejandro Baquero Nariño, el 26 de julio de 2000 en la Sentencia c-955/2000, como primer demandante a nivel nacional obtiene la inexequibilidad de esos embargos, en demanda contra la ley 546 de 1999 ley de vivienda, canalizó demandas contra los procesos y sistemas inadecuados de financiación de vivienda y demás tipo de créditos especulativos que pretendían reimplantar el sistema expropiante no solo de vivienda y de otro tipo de inmuebles, sino de inmuebles.

El año siguiente a la reestructuración de los créditos, es el año 2001, o sea que nó es factible que después de ese año se continúe la expropiación, ya que por causas legales, se declararon inconstitucionales el sistema upac y la capitalización de intereses, el 16 de septiembre y 6 de octubre de 1999, respectivamente,  entonces, la entidad de crédito no puede iniciar un proceso ni dar validez a los contratos, porque según la ley 546/99, el acreedor no puede cobrar intereses sobre intereses, ni iniciar procesos; en la parte motiva de la Sentencia c-955/2000, definió:

“La parte motiva de esta providencia se encuentra indisolublemente vinculada a la resolutiva y, por tanto, es obligatoria.”, y en la parte resolutiva artículo 25. Declárase EXEQUIBLE el artículo 42, con excepción de las frases "siempre que el deudor manifieste por escrito a la entidad financiera su deseo de acogerse a la reliquidación del crédito, dentro de los noventa (90) días siguientes a la vigencia de la Ley", de su inciso primero; "cumplido lo anterior", de su inciso 2; y, en el parágrafo 3, las frases "que dentro de los noventa (90) días siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley decidan acogerse a la reliquidación de su crédito hipotecario", "dentro del plazo", y "si dentro del año siguiente a la reestructuración del crédito el deudor incurriere nuevamente en  mora, los procesos  se reiniciarán a solicitud de la entidad  financiera  y  con  la sola demostración  de  la mora, en la etapa en que se encontraban al momento de la suspensión, y previa actualización de su cuantía", que se declaran INEXEQUIBLES.”

 

Candidato a gobernador del departamento del Meta, 2001-2003

Al contextualizar el abuso del derecho, tanto a nivel nacional y a nivel mundial, el candidato Alejandro Baquero Nariño, presentó demandas contra los memorandos al Fondo Monetario internacional, por ser violatorios de la autodeterminación de los pueblos, esta intervención evita el manejo independiente de las finanzas públicas, por estas razones legales y constitucionales, propone que las Tesorerías Departamentales, asuman los servicios que le corresponden, porque hoy están, delegados a particulares ya que está suficientemente sustentado que se puede administrar el patrimonio público con responsabilidad.

 

Candidato a Senador de la Republica, 2002-2006

Denuncia el fraude electrónico efectuado en las elecciones del Congreso en marzo de 2002, esta demanda permite poner en evidencia las irregularidades y arbitrariedades que opacan las decisiones democráticas.

 

Candidato a gobernador del departamento del Meta, 2004-2007

Se presentaron denuncias contra funcionarios de la superintendencia bancaria, contra ministros, contra el presidente Álvaro Uribe Vélez, contra presidentes de las antiguas corporaciones de ahorro y vivienda, contra jueces y secretarios de juzgados que violan sentencias de las Altas Cortes, debido a que muchos falladores cohonestan el cobro sin fundamento jurídico, porque desconocen providencias del superior e ignoran el desbordamiento y abuso en el cobro de las tasas de interés por parte de las entidades de crédito ilegalmente llamadas acreedoras, porque un alto porcentaje de las deudas están legal y totalmente canceladas.

 

La jurisprudencia, la evolución del derecho, son para el candidato herramientas constitucionales, que garantizan la inversión social con objetividad, eficiencia y la transparencia.

 

Sensibilidad

Consecuencia con la necesidad social.

Presidente Fundación Casa Llanera.

Presidente Asociación Unitaria Proactiva Colabora al Mundo en Transformación, antes de Usuarios Upac del Meta.

 

Idoneidad

Formación Integral, manejo de la austeridad personal y empresarial a toda prueba, se tocó fondo mucho antes que la mayoría de profesionales.

 

Formación Avanzada

Arquitecto Urbanista, especialista en Planeamiento. Escritor. Acuarelista. Diseñador. Investigador sociojurídico.

 

Vocación del Diálogo

Trabajador de la cultura, Vocero de usuarios, AMBIENTALISTA Director de ECORFRONTERAS, ONG.

 
 
ALEJANDRO BAQUERO NARIÑO

c.c. 19’ 224.046 de Bogotá

Candidato a gobernador del Departamento del Meta 2006-2007